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Requisitos Mascotas

1. Transporte de animales en cabina de pasajeros

En cabina de pasajeros solo se transportarán perros o gatos, en una cantidad máxima de cuatro (4) animales por vuelo (esta cantidad contempla mascotas en guacal bajo la modalidad de equipaje de mano, animales de apoyo emocional y perros de asistencia). En aviones de capacidad menor o igual a 19 pasajeros, solo se permitirán dos (2) animales, en cualquiera de las siguientes condiciones:

Perros y gatos en la modalidad de equipaje de mano:

Documentos para su transporte:

  • Carné de vacunación vigente.

Condiciones para su transporte:

  • Solo se permite un (1) ejemplar por pasajero.

  • Solo se permitirá hasta un máximo de cuatro (4) perros de apoyo emocional por vuelo, en caso de no haber perros de servicio o asistencia para el vuelo. Los perros de servicio o asistencia tienen prioridad. (Deben estar incluidos dentro de los 4 animales permitidos en cabina).

  • El perro podrá viajar sin guacal.

  • Tiene que usar una correa o arnés limpio.

  • La edad mínima de las mascotas a transportar deberá ser de cuatro (4) meses o dieciséis (16) semanas.

  • El animal puede viajar sobre las piernas del pasajero, o en el espacio frente a sus pies o debajo de su asiento y no podrán obstruir el pasillo, una salida de emergencia o el acceso a los equipos de emergencia o supervivencia de la aeronave, ni que constituya un impedimento para una eventual evacuación.

  • No se permitirán perros de apoyo emocional de razas catalogadas de manejo especial (potencialmente peligrosas).

  • Canino entre 16 y 32 Kg o con una talla superior de a 30 cm de alto, 40 cm de largo y 40 cm de ancho, se le bloqueará la silla disponible del lado del pasajero dueño de la mascota y esta será ubicada en el espacio del piso de la silla, no sobre la silla. SATENA se reserva el derecho de transporte de la mascota por disponibilidad y capacidad del vuelo.

La Aerolínea se reserva el derecho de autorizar el transporte bajo esta modalidad, cuando no se garantice las condiciones de seguridad, salubridad, comodidad y tranquilidad de la tripulación y demás pasajeros.

Animales de Servicio o Asistencia SATENA:

Solo admitirá PERROS como animales de asistencia o servicio.

Documentos para su transporte:

  • Carné de vacunación vigente.

  • Certificado o credencial de Adiestramiento (la vigencia de esté, es dado por la vida de perro).

Condiciones para su transporte:

  • Se permitirá un máximo de (4) perros de servicio o asistencia, teniendo prioridad sobre las otras modalidades. (Deben estar incluidos dentro de los cuatro (4) animales permitidos en cabina).

  • Solo se permite un (1) perro por pasajero.

  • No genera costo adicional.

  • El perro no estará obligado a viajar en guacal.

  • La edad mínima de los perros de servicio o asistencia a transportar deberá ser de seis (6) meses.

  • Debe portar un distintivo oficial (tarjeta y placa) o algún documento que acredite que es un animal de asistencia o que está en fase de entrenamiento para ser perro guía.

  • Deben viajar con peto o arnés, collar certificado y correa en todo momento.

  • El animal deberá ir en el espacio frente a sus pies o debajo de su asiento y no podrán obstruir el pasillo, una salida de emergencia o el acceso a los equipos de emergencia o supervivencia de la aeronave, así como no constituir un impedimento para una eventual evacuación.

  • La aerolínea se reserva el derecho de autorizar el transporte bajo esta modalidad, cuando no se garantice las condiciones de seguridad, salubridad, comodidad y tranquilidad de la tripulación y demás pasajeros.

2. Transporte de animales como equipaje facturado en bodega

En la bodega del avión en la condición de equipaje facturado (mascotas que no cumplan con las dimensiones para ser transportados dentro de la cabina bajo las modalidades anteriormente expuestas), solo se transportarán perros y gatos; cualquier otro tipo de animales deberán ser transportados bajo la modalidad de carga, cumpliendo con los requisitos establecidos por la aerolínea, y su proceso deberá hacerse en el área designada por la compañía para el transporte de carga.

Perros y gatos:

Documentos para su transporte:

  • Carné de vacunación vigente.

  • Certificado médico emitido y firmado por un veterinario junto con el número de su tarjeta profesional, en donde se certifique que la mascota se encuentra en condiciones sanitarias APTAS para ser transportada y que no presenta heridas frescas o en proceso de cicatrización. Este documento deberá ser emitido con una antelación no superior a las cuarenta y ocho (72) horas antes al vuelo.

  • Se aceptarán como equipaje en bodega perros catalogados como razas potencialmente peligrosas o de manejo especial, siempre y cuando lleven el permiso de tenencia vigente (establecido en el Capítulo IV, artículos 126-133 de la Ley 1801 de 2016) y en todo momento deben viajar con Bozal.

  • En caso de transportar mascotas desde y hacia el exterior, se deberá cumplir con los requisitos establecidos por el Instituto Colombiano Agropecuario ICA y/o las instancias que hagan su vez en el país de destino.

Cantidad permitida por vuelo:

  • El número total de perros y gatos como equipaje facturado en las aeronaves de SATENA es de tres (3) perros o gatos por vuelo y sujeto a disponibilidad de espacio y medidas en las bodegas de la aeronave.

  • Solo se permitirá un (1) perro o un (1) gato adulto por pasajero hasta con un peso máximo de 40 Kg (incluyendo el guacal). En caso de superar esté peso, no se podrá autorizar su embarque.

  • Se podrá aceptar hasta un máximo de dos (2) perros o gatos por pasajero en un mismo guacal, siempre y cuando:

  • Sean cachorros de la misma camada, los cuales no deben ser mayores de seis (6) meses de edad y no deben superar los 14 Kg (entre ambos incluyendo el peso del guacal).

  • Un cachorro no menor de cuatro (4) y hasta seis (6) meses de edad acompañado por su madre, siempre que ambos vayan cómodos y cumplan con las mismas condiciones estipuladas en el anterior párrafo.

Condiciones para su transporte:

La edad mínima para el transporte de perros o gatos es de cuatro (4) meses o dieciséis (16) semanas de vida.

  • No se aceptarán hembras de perros o gatos embarazadas.

  • Se permitirá el transporte de perros catalogados como razas de manejo especial “potencialmente peligrosas” como equipaje facturado, siempre que no sean razas Braquicéfalos. Estos, en todo momento, deben llevar el bozal (preferiblemente de canastilla o cesta).

  • Por sus características anatómicas, que son susceptibles de presentar problemas de dificultad respiratoria y problemas para regular su temperatura, NO se permitirá el transporte de razas Braquicéfalos como equipaje facturado.

  • Solo podrán transportarse en guacal especialmente diseñados en fibra de vidrio, carbono o plástico rígido, firme y resistente, elemento que deberá ser provisto por el pasajero.

  • La mascota dentro del guacal, debe tener el espacio para girar normalmente estando de pie, pararse y sentarse en forma erguida y para descansar en una posición natural

  • Todo perro de razas de manejo especial “potencialmente peligrosas” deben viajar con bozal.

  • Las razas de tamaño intermedio y/o grande (que midan más de 50 cm de patas al lomo del perro) deben llevar bozal (preferiblemente de canastilla), esto con el fin de evitar posibles situaciones con el animal debido a los cambios de presión y altura, así como a los niveles de estrés que puedan generar que el perro se salga del guacal. El bozal deberá ser provisto por el pasajero; esta disposición no aplica para animales lazarillos ni de apoyo emocional.

  • Toda mascota debe viajar en el mismo vuelo en el que viaja su dueño o pasajero registrado.

  • En caso de transportar mascotas desde y hacia el exterior, se deberá cumplir con los requisitos establecidos por el Instituto Colombiano Agropecuario ICA lo cual se pueden consultar en la dirección URL https://www.ica.gov.co/ y las instancias que hagan su vez en el país de destino.

  • El pasajero debe proporcionar su propio guacal o contenedor y este debe ser idóneo para el transporte del animal. El pasajero es responsable de entregar a la aerolínea al animal acomodado dentro de su jaula o contenedor y de retirarlo en el lugar de destino.

  • El pasajero deberá presentarse para aforar su mascota con un tiempo de antelación no inferior a los 90 minutos antes de la salida del vuelo.

Animales de Apoyo Emocional

SATENA, en vuelos desde y hacia el territorio venezolano, solo admitirá PERROS como animales de apoyo emocional.

Documentos para su transporte:

  • Certificado del psiquiatra o psicólogo clínico tratante del pasajero, en donde se acredite que requiere el acompañamiento de una mascota de apoyo emocional, el cual no podrá superar un (1) año de expedición y debe contener fecha, lugar de expedición, la raza del animal y la licencia del profesional.

  • Certificado de salud internacional vigente (Original y Copia), donde conste que el ejemplar, fue sometido a una evaluación y que no presenta signos ni síntomas de ninguna enfermedad infecto-contagiosa (vigencia de 1 mes).

  • Carnet de vacunas vigente (original y copia), emitida por un médico veterinario autorizado o acreditado por las autoridades competentes del país de origen, donde conste la aplicación de vacunas (Séxtuple en caso de Canino y la triple en Felino) e identifique el lote, fecha expiración, nombre del producto (vigencia de 1 año).

  • Constancia de desparasitación interna y externa vigente (original y copia), que contenga la identificación completa del producto utilizado y la fecha de aplicación del mismo (vigencia de 3 meses).

  • Certificado zoosanitario para mascotas (caninos y felinos) del país de origen emitido por las autoridades competentes del país de origen, (ICA)

  • Microchip de identificación para mascotas (Caninos y/o Felinos): las mascotas que van a ingresar a Venezuela provenientes de la unión europea e Inglaterra deben tener un microchip de identificación de 12 a 15 dígitos y el examen de anticuerpos neutralizantes de la rabia o en su defecto presentar copia y original de su pasaporte

  • Permiso sanitario para la movilización de animales y vegetales: “Tasa o depósito bancario a nombre del INSAI de 0.5 UT, según lo establecido en el artículo 81 numeral 32 de la Ley de Salud Agrícola Integral.

Nota: la cual se realizará en el aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía, Piso 3 Recinto de aduana en la Oficina Aeroportuaria INSAI (Sección Pasajero), por la expedición de la guía de movilización. Dicha información se encuentra disponible en la página oficial del Instituto:http://www.insai.gob.ve

Condiciones para su Transporte:

  • Solo se permite un (1) ejemplar por pasajero.

  • Solo se permitirá hasta un máximo de dos (2) perros de apoyo emocional por vuelo, en caso de no haber perros de servicio o asistencia para el vuelo. Los perros de servicio o asistencia tienen prioridad. (Deben estar incluidos dentro de los 4 animales permitidos en cabina). La aerolínea se reserva el derecho de autorizar el transporte bajo esta modalidad, cuando no se garantice las condiciones de seguridad, salubridad, comodidad y tranquilidad de la tripulación y demás pasajeros.

  • El perro podrá viajar sin guacal.

  • Tiene que usar una correa o arnés y estar limpio.

  • La edad mínima de las mascotas a transportar deberá ser de cuatro (4) meses o dieciséis (16) semanas. Menores a esta edad, no podrán ser transportados.

  • El animal puede viajar sobre las piernas del pasajero o en el espacio frente a sus pies o debajo de su asiento y no podrán obstruir el pasillo, una salida de emergencia o el acceso a los equipos de emergencia o supervivencia de la aeronave, ni que constituya un impedimento para una eventual evacuación.

  • No se permitirán perros de apoyo emocional de razas catalogadas de manejo especial (potencialmente peligrosas).

  • El canino entre 16 Kg a 32 Kg o con una talla mayor o superior de: alto 30 cm, largo 40 cm y ancho 40 cm, se le bloqueará la silla disponible del lado del pasajero dueño de la mascota y esta será ubicada en el espacio del piso de la silla, no sobre la silla.

  • SATENA se reserva el derecho de transporte de la mascota por disponibilidad y capacidad del vuelo.